ganate un chori con sólo hacer un clic (las bondades del peronismo)

martes, 29 de septiembre de 2009

claaahhhh!!! ahora entendí....

Si Macri gana en el 2011, va a matar a todos los pobres... está clarito...


cuándo la justicia actúa con independencia y cuándo no?

Aquí la justicia hostiga a un pobre Coloradito con acusaciones falsas


Aquí el poder judicial busca la verdad y reclama justicia:

La diferencia es que uno tenía una radio trucha cuando era adolescente y el otro es cómplice de los negocios de la droga...

lunes, 28 de septiembre de 2009

domingo, 27 de septiembre de 2009

Casualidad (?)

En la protesta de la ex Terrabusi, un periodista de TN le hace una nota a una Abogada del PO (partido obrero). La primer frase de la abogada en el reportaje es:

"Menos mal que están uds acá para informar...."

¿ Casualidad ?

viernes, 25 de septiembre de 2009

CERRARON LA PAGINA DE LA REVISTA 2010

CERRARON LA PAGINA DE LA REVISTA 2010

Compañeros, amigos y lectores de la Revista 2010:

Hoy a la mañana nos sorprendió la noticia de que habían dado de baja la página de nuestra revista. Antes de escribir esto, discutimos en la redacción hasta que punto difundirlo, y si nuestras sospechas podían malinterpretarse. Pero hay dos motivos por los que no podemos dejar de hacer público este hecho.

En una coyuntura como la actual, donde se está discutiendo la nueva Ley de Radiodifusión, y donde el canal Todo Noticias viene manipulando a la audiencia con su “TN puede desaparecer”, tenemos que decir que esto es falso, TN no va a desaparecer de aprobarse la nueva Ley de medios, pero nuestra página, por los visto, si pudo desaparecer.

La segunda razón para hacerlo publico, es que venimos viendo como los largos tentáculos del monopolio han operado a través de ARTEAR S.A. para censurar Blogs, como “Mundo Perverso”, “Registro Mundo”, o “¿Qué te pasa Clarín?”, y hacer cerrar cuentas de Youtube, bajo la excusa de proteger derechos de Copyright, eliminando así el exhaustivo registro de contenidos audiovisuales de, por ejemplo, el portal elortiba.org.

La justificación del Hosting de nuestra página fue que utilizamos nuestra cuenta de correo para enviar “correo basura”. Algo falso, ya que venimos enviando desde hace 3 años la misma cantidad de mails, una vez al mes, cuando sale nuestra revista, a los mismos contactos de siempre.

Además, esto fue sin previo aviso, y no fue que cerraron la cuenta de correo, sino que dieron de baja directamente la página (www.revista2010.com.ar), única forma de comunicarnos con nuestros lectores, y con quienes quieren difundir información a través de nuestra revista.
No estamos para sembrar sospechas, ni para generar escándalos. Si por algo se caracteriza nuestra publicación, es por evitar caer en el tumultuoso show en el que incurren gran parte de los medios para acrecentar sus ventas.

Tampoco buscamos con esto generar publicidad engañosa, si hay algo que no queremos en estos momentos es victimizarnos, como hace TN. Si fuese así, ya hubiésemos denunciado el cierre de nuestro primer grupo de Facebook, o los impedimentos para distribuir el número de la Revista 2010 de noviembre del 2008, donde el título de tapa fue “Apropiación de bebes Vip”, y donde realizamos un extenso informe reflejando la forma en que la justicia ampara a Ernestina Herrera de Noble para que no se sepa la identidad de sus hijos apropiados, algo asumido por la propia dueña del multimedio.

Pero como no es nuestro estilo, dejamos pasar estos hechos. En última instancia, sabemos las reglas de juego. Reglas de juego que queremos cambiar en el marco de la Constitución, y con un Parlamento elegido democráticamente, que debate en estos momentos la Ley de la dictadura, la que ayer brindaron con Videla, y que hoy defienden para no perder sus corruptos privilegios, con sus mercenarios empleados legislativos.

Como hoy no tiene la posibilidad de eliminar físicamente al que piensa distinto, como hicieron durante la dictadura, como cómplices civiles del genocidio, buscaremos seguir el ejemplo de quienes desde el periodismo dieron su vida para construir un país con justicia social y libertad.

Por una Ley de Medios de la Democracia
Juicio y castigo a los cómplices civiles y militares de la dictadura
Restitución de los bebés apropiados en cautiverio
Juan Manuel Fonrouge
Director Revista 2010
www.revista2010.com.ar
www.jmfonrouge.blogspot.com

ufff.. con esto no convencemos a nadie!

"Tudo Bem, Tudo Legal" ... espantosa esta propaganda. No convencemos a nadie !

Horrible loco!! qué contraten a un publicista piola!! dejate de joder!

¿quién carajo se va a creer que el patrón va a sortear un coche?

quiero imaginar que no es el compañero Braga Menendez el q hace esto...


miércoles, 23 de septiembre de 2009

ley sancionada en la provincia de Buenos Aires:

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY


ARTICULO 1º: Establécese una pensión graciable para aquellas personas que durante el período comprendido entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983 hayan sido condenadas por un Consejo de Guerra, puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, y/o privadas de su libertad, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, por causas políticas, gremiales o estudiantiles.

ARTICULO 2°: Podrán acceder al beneficio que se establece por la presente, las personas comprendidas en el artículo anterior, con domicilio real en la provincia de Buenos Aires al momento de su privación de libertad, y que no resulten beneficiarios de una prestación nacional, provincial o municipal, derivadas de la misma situación.

ARTICULO 3°: Las personas que reúnan los requisitos y soliciten el beneficio de la presente Ley deberán presentar la solicitud ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, en las formas y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación.

ARTICULO 4°: En caso de fallecimiento del beneficiario serán acreedores al beneficio los derecho-habientes en el siguiente orden:

a) Cónyuge supérstite o concubina que pruebe la convivencia de acuerdo a la normativa previsional vigente.
b) Hijos menores de edad al momento del fallecimiento y hasta su mayoría de edad.
c) Hijos incapacitados para el trabajo, mientras dure la incapacidad.

ARTICULO 5°: El monto del beneficio previsto en la presente Ley será equivalente al nivel de remuneración del personal superior categoría 24 de la Ley 10.430 y sus modificatorias.

ARTICULO 6°: El Poder Ejecutivo determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.

ARTICULO 7°: Autorizar al Poder Ejecutivo a realizar, dentro del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recurso del Ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias necesarias tendientes al cumplimiento de la presente Ley.

ARTICULO 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS.

Ésta iniciativa tiene como principal motivación la necesidad de reparar en alguna medida el sufrimiento y la injusticia padecidas por gran cantidad de compatriotas que durante la última dictadura militar se vieron injustamente perseguidos, encarcelados y condenados por el solo hecho de expresar sus ideas.
Estos compatriotas vieron violados sus más elementales derechos, consagrados por nuestra Constitución Nacional, como el principio del juez natural y el derecho de defensa en juicio, debiendo sufrir largos encarcelamientos y condenas por el solo hecho de pensar distinto a quienes usurparon el poder del Estado el 24 de marzo de 1.976.
Por otro lado, amen de las secuelas físicas y psíquicas sufridas, el atropello del gobierno de facto también se vio reflejado en los bienes, trabajos y profesiones de cada uno de los perseguidos, encontrándose, una vez concluida su detención ilegal, en una situación desesperada, debiendo rehacer su vida desde los cimientos porque lo habían perdido todo.
Con la sanción de esta ley el Estado trata de reparar, como es su obligación, los perjuicios y padecimientos injustamente sufridos por nuestros compatriotas.
Por todo lo expuesto, solicito a los Señores legisladores se sirvan acompañar con su voto el presente proyecto.-

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